¿Deben las universidades poner como tarea demandar normas ante la Corte Constitucional?
04 de Febrero de 2020
La presidenta de la Corte Constitucional, Gloria Ortiz, insistió con un tema que ya hemos reportado en Ámbito Jurídico, lo llamó la instrumentalización de las demandas de inconstitucionalidad como ejercicio académico.
La magistrada criticó que las universidades, específicamente las facultades de Derecho, pongan como tarea demandar normas ante el alto tribunal, e insistió en que hay métodos pedagógicos que pueden usarse para evitar la congestión que produce el sinnúmero de acciones provenientes de estudiantes.
En noviembre del 2018, informamos que la Corte pedía que las demandas no se convirtieran en un divertimento o una tarea de profesores de Derecho, luego de estudiar una acción presentada en contra de una ley en la que identificó, además, que el accionante copió y pegó apartes completos del auto admisorio de otro expediente con el mismo tema, sin ningún tipo de argumentación adicional. (Lea: Acción de inconstitucionalidad no deber ser un divertimento o una tarea de profesores de Derecho: Corte)
Ese ejercicio, dijo en su momento, “trastoca toda la bondad pedagógica que la misma entraña, cuando además se exige llevarla hasta los estrados de la corporación, la cual debe ocuparse con el mismo rigor de las demandas con cargos claros, ciertos, pertinentes y suficientes y de aquellas que son apenas un divertimento, un ensayo o un deber escolar de menor trascendencia sin la más mínima pretensión de ejercer un derecho político”.
Según cifras proporcionadas por la Rama Judicial, cada año ingresan al sistema judicial cerca de 700 demandas de inconstitucionalidad.
El reclamo de la Corte, además de poner en debate esta situación, también obliga a preguntarse cuáles serían los límites para esta actividad académica y quiénes deben controlarla
Quedan ciertas inquietudes sobre si habrá límites para presentar demandas. Pero, ¿si en ejercicios académicos serios un grupo de universitarios encuentra inconsistencias o evidentes inconstitucionalidades no podrían demandar? También vale preguntar si las instituciones educativas deben controlar a sus profesores para evitar estas tareas. El debate que propone la Corte queda abierto.
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