Diseñan política pública para disminuir pérdida y desperdicio de alimentos en la cadena de suministro
17 de Marzo de 2022
Por medio del Decreto 375, del 14 de marzo, el Ministerio de Agricultura adicionó el Decreto 1071 del 2015, en el sentido de diseñar, formular e implementar la política pública integral que permita disminuir las pérdidas y los desperdicios de alimentos en la cadena de suministro, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 1990 del 2019.
De acuerdo con la norma, se entiende como cadena de producción y suministro de alimentos el conjunto de actividades que se articulan técnica y económicamente desde el inicio de la producción y elaboración de los alimentos hasta su consumo. Está conformada por todos los actores que participan en la producción, transformación, distribución, comercialización y consumo de los alimentos.
Así mismo, indica que son desperdicios evitables aquellos alimentos y bebidas desechadas que fueron o pudieron ser comestibles en algún momento, ya que tuvieron un proceso de cocción, preparación o fueron servidos en los hogares y en los servicios de alimentación públicos y privados. Este desperdicio pudo causarse por preparación de una gran cantidad de alimentos, inadecuadas prácticas en el proceso de manipulación, descarte de consumo de alimentos o partes que aún presentan calidad organoléptica y nutricional adecuada, por ejemplo, la corteza del pan o partes comestibles que pueden ser incluidas, como las cáscaras de las papas, entre otros.
La nueva política será implementada por las entidades que conforman la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) o quien haga sus veces o las demás entidades del Gobierno Nacional, conforme a la misionalidad y alcance de las competencias otorgadas a cada una de ellas, quienes implementarán estrategias de sensibilización y formación dirigidas a productores, procesadores, comercializadores y distribuidores de productos alimenticios, consumidores, manipuladores de alimentos y asociaciones a nivel municipal, departamental y nacional, para que se haga un manejo adecuado de los alimentos.
La Consejería Presidencial para la Niñez y la Adolescencia, el Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, el Ministerio de Salud y el ICBF establecerán los lineamientos para los procesos de donación de alimentos aptos para el consumo humano, en el marco de sus programas y proyectos, de tal forma que los alimentos donados garanticen estándares alimentarios, nutricionales y de inocuidad. En el marco de estos lineamientos, se definirán los criterios de selección de la población beneficiaria y los procedimientos para la donación.
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