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Demandan sanciones previstas por uso indebido de símbolos patrios (3:33 p.m.)

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14 de Enero de 2015

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El que use indebidamente la bandera, el escudo de Colombia o cualquier otro emblema patrio incurrirá en multa. Así lo estima el artículo 13 del Decreto 522 de 1971, cuya inexequibilidad se solicita en una demanda que admitió la Corte Constitucional. De acuerdo con el ciudadano, la norma vulnera el artículo 20 superior. En su opinión, la sanción estimada es desproporcionada, ya que, en lugar de prever una contravención, se debió optar por un castigo menos gravoso (demandantes: Luis David Albarracín y Karilym Ramírez).

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