11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Definirían base gravable para el impuesto de vehículos del 2022

09 de Noviembre de 2021

Reproducir
Nota:
135175
Imagen
¿Sabe si está entre quienes deben renovar la licencia de conducción en el 2022? (Mintransporte)

El Ministerio de Transporte publicó un proyecto de resolución que fijaría la base gravable para los automóviles, camperos, camionetas, motocicletas, motocarros, vehículos eléctricos e híbridos, vehículos de servicio público y particular de carga y colectivo de pasajeros, con esta se liquidaría el impuesto de automotores correspondiente a la vigencia fiscal 2022.

 

Los valores dependen de la marca, el modelo y el cilindraje, entre otras características del automotor.

 

Esta norma entraría en vigencia desde el próximo 1º de enero del 2022, previa publicación en el Diario Oficial.

 

La resolución sería aplicable única y exclusivamente para la vigencia fiscal 2022. La base gravable de años fiscales anteriores será la establecida en las resoluciones expedidas para tales efectos y en los años respectivos.

 

La consulta se podrá hacer con base en el tipo, clase, marca, línea o referencia y cilindraje del vehículo consignados en la licencia de tránsito, factura de compra y/o venta o manifiesto de importación.

 

Una vez localizado el vehículo, se puede identificar la base gravable de acuerdo con el año modelo.

 

Las bases gravables determinadas para la vigencia fiscal y las inclusiones adicionales a que haya lugar estarán publicadas y disponibles para consulta en el aplicativo Sistema de Información de Bases Gravables "SIBGA" del Ministerio de Transporte, el cual se podrá consultar en el siguiente link: http://web.mintransporte.gov.co/Sibga/Home/Index.

 

Para conocer más detalles de la propuesta, puede consultar los documentos adjuntos a esta nota. La entidad recibirá comentarios hasta el 20 de noviembre del 2021, a través del correo dzuluaga@mintransporte.gov.co.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)