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Decretos reglamentarios únicosModifican decreto único del sector Minas, en lo relacionado con recursos del Fondo de Energía Social (3:39 p.m.)

106052

18 de Enero de 2016

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Para reglamentar el artículo 99 de la Ley 1769 del 2015, el Gobierno acaba de adicionar el Decreto 1073 del 2015, único reglamentario del sector de Minas y Energía, en relación con recursos del Fondo de Energía Social (FOES). Para atender lo señalado en la ley, la cartera de Minas podrá hacer una proyección de los compromisos a atender en la vigencia ordinaria por concepto del fondo para establecer si se presentan excedentes y/o sobrantes de la apropiación con el fin de cubrir vigencias fiscales anteriores. Una vez se determine la generación de excedentes o sobrantes de apropiación en la presente vigencia fiscal, el ministerio deberá priorizar la asignación de recursos en aquellas regiones del país sobre las cuales considere que la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica se encuentra en riesgo por situaciones ajenas al prestador del servicio, especialmente de aquellos prestadores que atiendan un mayor número de usuarios en áreas rurales de menor desarrollo, zonas de difícil gestión y barrios subnormales. Finalmente, la norma aclara que esta regulación regirá únicamente por el año 2016.

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