Decretos reglamentarios únicosAsí modificaron procedimientos de acreditación de instituciones de educación superior para adelantar procesos de selección de personal (3:54 a.m.)
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08 de Marzo de 2016
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Las solicitudes para la acreditación de instituciones de educación superior con el fin de adelantar concursos o procesos de selección de personal que fueron presentadas a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) antes del 9 de junio del 2015, fecha de entrada en vigencia la Ley 1753 del 2015, continuarán siendo tramitadas por dicha entidad hasta su culminación, con base en las reglas o condiciones que haya fijado para tal efecto. En caso de que la acreditación se otorgue, esta tendrá la vigencia determinada en la regulación establecida por la CNSC. A partir de la fecha mencionada, esas solicitudes deberán presentarse ante el Ministerio de Educación y tramitarse por esa entidad con base en el procedimiento, los criterios o condiciones y el término que fije ese ministerio. Así, se adicionan unos artículos al Título 6º de la Parte 2º del Libro 2º del Decreto 1083 del 2015, único reglamentario del sector de Función Pública.
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