Declaran nulidad sobre norma que autoriza siembras de maíz con tecnología Yielgard
03 de Octubre de 2023
El Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 465 del 2007, emitida por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), acto administrativo que autorizó la importación de semillas transgénicas con la tecnología Yieldgard, porque para su expedición no se celebraron consultas con el público y no se divulgaron la totalidad de las decisiones adoptadas en transcurso de dicho procedimiento.
Con ello, el ICA incumplió lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 23 de la Ley 740 del 2002, que indica que con relación a decisiones sobre organismos vivos modificados (OVMs) se deberá dar a conocer al público los resultados de esas decisiones; la Sección Primera encontró que la entidad no publicó la totalidad de las decisiones adoptadas en dicho trámite, ni justificó la motivación de tal omisión, circunstancia que repercutió en que la población en general no pudiera enterarse del procedimiento adelantado para la importación de las semillas Yieldgard al país y, por ende, no pudiera formarse una opinión fundamentada sobre los riesgos que supone esa tecnología o las ventajas que pudiera arrojar.
Para la Sala, los temas relacionados con los OVMs pueden tener un impacto significativo en la biodiversidad y en la salud humana y animal. Por eso la Sala enfatizó que es fundamental que se habilite a la ciudadanía a participar activamente en el proceso de autorización de importación y comercialización de las semillas transgénicas, a fin de que puedan expresar sus preocupaciones y presentar información relevante que puede ayudar a las autoridades a tomar las decisiones de rigor (C. P.: Oswaldo Giraldo López).
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