Declaran constitucional gravamen del 5 % a algunos productos de la canasta familiar (8:25 p.m.)
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28 de Febrero de 2014
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La Corte Constitucional declaró exequible la norma de la reforma tributaria que impuso un gravamen del 5 % a varios de los productos de la canasta familiar (artículo 48 de la Ley 1607 del 2012). La corporación determinó que los principios de progresividad y equidad que deben gobernar la legislación tributaria no se vieron afectados. A su juicio, la ley, en su conjunto, contiene estas previsiones, pues al eximir de IVA otros tantos productos de la canasta familiar equipara algunos de los aspectos regresivos; así, dice, no solo se desgravan algunos de estos elementos, sino que se reducen los márgenes impositivos del 16 % o el 10 % al 5 %. El magistrado Jorge Iván Palacio aclaró el voto, al considerar necesario aplicar el principio de equidad tributaria frente a cobros que afecten el mínimo vital; Alberto Rojas, se reservó la posibilidad de presentar aclaración (M. P. María Victoria Calle).
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