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Declaran constitucional Acuerdo de alcance parcial de naturaleza comercial entre Colombia y Venezuela (8:10 a.m.)

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04 de Mayo de 2016

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La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió la constitucionalidad de la Ley 1722 del 2014, que aprueba el Acuerdo de alcance parcial de naturaleza comercial entre Colombia y Venezuela, suscrito en Caracas, el 28 de noviembre del 2011, y de seis anexos con sus respectivos apéndices, suscritos en Cartagena, el 15 de abril del 2012. Según explica la decisión, se cumplieron en debida forma las etapas, el procedimiento y los requisitos establecidos en la Constitución y en la ley para la suscripción de tratados internacionales y su aprobación por el Congreso. La revisión específica del articulado permitió a la Corte establecer que se ajusta en su integridad a la Carta Política, toda vez que con él se da cumplimiento al mandato de integración económica prioritaria con los países de América Latina y del Caribe, sobre bases de equidad, igualdad y reciprocidad. De manera particular, la corporación analizó la cláusula de aplicación provisional del acuerdo, de conformidad con el artículo 224 de la Constitución, encontrando que respetó los lineamientos establecidos en la jurisprudencia y en especial en la Sentencia C-280 del 2014 (M. P. María Victoria Calle).

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