Corte de césped y poda de árboles son responsabilidad del prestador de dicho servicio en el área en la que opera (9:56 a.m)
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04 de Septiembre de 2017
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Las actividades de corte de césped y poda de árboles son complementarias al servicio de aseo, las cuales incluyen la recolección y transporte del material obtenido hasta los sitios de disposición, son responsabilidad del prestador de dicho servicio en el área en la que opera. En zona urbana, son remuneradas únicamente vía tarifa al correspondiente prestador, de acuerdo con la metodología establecida. En los casos en que no exista prestador en un área determinada del municipio, corresponderá a este último garantizar que se realicen las actividades en mención, pero no podrán exigir a ningún prestador realizarlas en zonas donde no preste el servicio, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos.
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