Corte Constitucional pide al Congreso garantizar pago de prima a trabajadores de servicio doméstico (3:30 p.m.)
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25 de Noviembre de 2014
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Aunque declaró exequible la norma que ampara el pago de la prima de servicios, a pesar de que no incluye a trabajadores del servicio doméstico, la Corte Constitucional exhortó al Congreso a expedir una disposición que permita disfrutar de este beneficio a quienes se dedican a ese tipo de labores (artículo 306 parcial del Código Sustantivo del Trabajo). La corporación estableció que el mecanismo al que acuda el Congreso para corregir el desequilibrio, si así lo decide, debe tener en cuenta el principio de progresividad y no puede escapar de la necesidad de establecer responsabilidades mayores para los contratantes. El magistrado Jorge Iván Palacio se opuso a la decisión mayoritaria, por considerar que la Corte debió emitir una sentencia integradora que erradicara esta discriminación entre trabajadores.
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