Corte Constitucional declara infundadas las objeciones presentadas al proyecto de ley sobre beneficios para familias de secuestrados (3:46 p.m.)
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03 de Enero de 2011
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La Corte Constitucional declaró infundadas las objeciones gubernamentales presentadas al proyecto de ley que busca otorgar beneficios a las familias de los secuestrados con posterioridad al ejercicio de su cargo (P. L. 086/08S-366/09C). Según el alto tribunal, no se desconoció el artículo 7° de la Ley 819 del 2003, que ordena el análisis del impacto fiscal de las normas, dado que esa obligación surge para el Congreso, una vez el Ministerio de Hacienda y Crédito Público rinda su concepto al respecto. En el caso del proyecto objetado, el informe del ministerio fue radicado el mismo día en que fue aprobado el proyecto en cuarto debate, por lo que el Congreso no tuvo oportunidad de analizarlo (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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