Coronavirus (covid-19)Protocolo de bioseguridad para mitigar y controlar el covid-19 es aplicable a procesos de la ANLA
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03 de Septiembre de 2020
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El protocolo de bioseguridad previsto en la Resolución 666 del 2020, que busca la preservación de la salud pública a través de la aplicación de medidas como el lavado de manos, distanciamiento y uso adecuado de elementos de protección, es aplicable a trabajadores del sector público, contratantes públicos y contratistas vinculados a las entidades gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria. Por lo tanto, para efectos de la consulta, dicho protocolo es aplicable a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en sus procesos de visitas técnicas de evaluación y seguimiento a los proyectos de su competencia, así como en las reuniones que para el efecto deban adelantarse con el sector público, privado, autoridades regionales, comunidad, entre otros. Si esta entidad determina que el protocolo general no cubre ciertas particularidades en sus procesos podrá elaborar un proyecto de protocolo especial y presentarlo ante el Ministerio de Salud, para su posterior adopción.
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