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Superservicios modifica resolución sobre cargue de información al SUI

La fecha límite para el reporte será el 15 de julio del mismo año y para el segundo semestre, el 15 de enero del año siguiente.
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23 de Enero de 2024

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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Resolución 20241000008315, mediante la cual se modifica el articulo segundo de la Resolución 20101300047505 del 2010, que adicionó un formato para el cargue de información al Sistema Único de Información (SUI).

La normativa establece que “los prestadores de servicios públicos a los que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley 142 de 1994 y que están sujetos a la inspección, vigilancia y control de esta superintendencia, incluyendo los prestadores de uno o mas servicios públicos o que realicen una o varias de las actividades complementarias señaladas en la ley o en actos administrativos de asimilación de actividades, deben diligenciar y reportar de manera semestral el formulario publicado en https://sui.superservicios.Qov.co/, denominado Medición del Nivel de Satisfacción del Prestador frente al Sistema Único de Información”.

Según se lee en la resolución, la fecha límite para este reporte será el 15 de julio del mismo año y para el segundo semestre la fecha limite de reporte será el 15 de enero del año siguiente al del semestre evaluado.

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