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General


IMPORTANTE: Todo lo que debe saber un abogado para ser magistrado de la JEP

En la nota encontrará tanto los requisitos generales como los específicos que tendrá en cuenta el Comité de Escogencia para nombrar a estos importantes togados, así como la documentación que debe aportar y las fechas del proceso.
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05 de Julio de 2017

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

En ejercicio de las funciones concedidas por el Acto Legislativo 01 del 2017, el Comité de Escogencia, encargado de elegir a los magistrados que harán parte de la  Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), invitó recientemente a la comunidad jurídica a inscribirse en el proceso de selección para uno de los siguientes cargos:

 

-Magistrados para el Tribunal Especial para la Paz.

 

-Magistrados para la salas de Reconocimiento de Verdad, Definición de Situaciones Jurídicas y Amnistía e Indulto.

 

Así las cosas, el número de  magistrados a elegir será el siguiente:

 

Cargos a elegir

Número de personas

Tribunal para la Paz

20

Salas de Justicia

18

Suplente o sustituto del tribunal

7

Suplente o sustituto de sala

6

Total

51

 

Justamente, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones generales a la hora de que sean elegidos los primeros togados de esta nueva jurisdicción:

 

-Los aspirantes deberán ser altamente calificados, con énfasis en conocimiento del Derecho Internacional Humanitario, derechos humanos o resolución de conflictos. Podrán ser expertos en distintas áreas del Derecho.

 

-Los aspirantes no tendrán que ser funcionarios de carrera y no se les aplicará ninguna limitación de edad como requisito para su designación o permanencia en el cargo.

 

-Se tendrán en cuenta los estándares internacionales de independencia judicial y las altas calidades morales de los aspirantes.

 

-Los aspirantes deberán tener dominio del idioma español.

 

-El comité procurará integrar estas corporaciones teniendo en cuenta los principios de participación equitativa en términos de género, con respeto de la diversidad étnica, territorial y cultural.

 

-El proceso de selección se sujetará a los principios de publicidad, transparencia y participación ciudadana.

 

Pero también cada aspirante debe cumplir con cada uno de estos requisitos específicos: 

 

Magistrado del Tribunal Especial para la Paz

Magistrado de Sala

Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.

Deberá reunir los mismos requisitos para ser magistrado de tribunal superior de distrito judicial, conforme a los establecidos en los artículos 127 y 128 de la Ley 270 de 1996.

Ser abogado.

Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles.

No haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.

Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a la ley. No estar en curso en causal de inhabilidad o incompatibilidad.

Haber desempeñado, durante 15 años, cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado, o la catedra jurídica en establecimientos reconocidos oficialmente.

Tener experiencia profesional por lapso no inferior a ocho años en actividades jurídicas ya sea de  manera independiente o en cargos públicos o privados o en el ejercicio de la función judicial.

 

Entonces, los aspirantes que cumplan con todos los requisitos señalados, deberán llenar el formulario único de inscripción que se encuentra en la página web www.comitedeescogencia.com y consignar:

 

-Cédula de ciudadanía.

 

-Tarjeta profesional de abogado.

 

-Declaración de no más de 2000 caracteres acerca de la motivación para aspirar al cargo.

 

-Certificaciones académicas: diplomas y/o actas de grado.

 

-Certificaciones laborales.

 

-Referencia precisa de publicaciones, material audiovisual o textos relacionados con la función en el cargo.

 

-Certificados de antecedentes disciplinarios, judiciales y fiscales.

 

-Declaración bajo juramento de ser ciertos y verídicos todos los datos aportados con la postulación y de no estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad.

 

Finalmente, el proceso de selección se llevará a cabo en las siguientes fechas: 

 

Etapa

Fecha/2017

Difusión de la convocatoria

4 de julio

Inscripción

24 de julio al 2 de agosto

Publicación de lista para observaciones ciudadanas

11 de agosto

Observaciones ciudadanas a los aspirantes

12 al 22 de agosto

Entrevistas a integrantes de lista definida por el comité

18 al 22 de septiembre

Publicación de las personas seleccionadas

26 de septiembre

 

Comité de Escogencia, Convocatoria, Jul. 4/17

 

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