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Esta es la agenda de la trascendental audiencia sobre el plebiscito para la paz

La audiencia de mañana contará con la presencia del jefe de Estado, altos dignatarios del poder público, universidades y organizaciones no gubernamentales. Ámbito Jurídico recuerda los puntos clave del plebiscito
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25 de Mayo de 2016

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Por medio de un auto del magistrado Luis Ernesto Vargas, la Corte Constitucional convocó para mañana a una audiencia pública con el fin de avanzar en la revisión de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria 094/15S-156/15C, que reglamenta un plebiscito especial para refrendar los acuerdos de paz que se logren en La Habana.

 

El evento se llevará a cabo en la sala de audiencias de la Corte Suprema de Justicia y contará con la presencia  del jefe de Estado, Juan Manuel Santos, altos dignatarios del Ejecutivo y de la administración de justicia, expertos, universidades y organizaciones no gubernamentales.

 

Así, el alto tribunal constitucional recibirá información especializada para adoptar una decisión sobre el futuro de las negociaciones entre el Gobierno y las Farc. (Lea: Los trascendentales efectos del acuerdo de seguridad jurídica anunciado por el Gobierno y las Farc)

 

Consulte aquí la agenda del día suministrada por la corporación judicial:

 

 

Ingreso y verificación de asistentes: 7:40 – 8:00

Instalación

Luis Ernesto Vargas Silva Magistrado Ponente

8:00 -8:10

Primera sección

Juan Manuel Santos Calderón Presidente de la República

8:10 – 8:30

Juan Fernando Cristo Bustos Ministro del Interior

8:30 – 8:50

Sergio Jaramillo Caro

Alto Comisionado para la Paz

8:50 – 9:05

Humberto de la Calle Lombana Jefe del Equipo Negociador Proceso de Paz

9:05 – 9:20

Martha Isabel Castañeda Curvelo

Vice Procuradora General de la Nación

9:20 – 9:40

Alfonso Cajiao Cabrera Defensor del Pueblo (E)

9:40 – 10:00

Danilo Rojas Betancourth Presidente del Consejo de Estado

10:00 – 10:20

Espacio para preguntas de las magistradas y magistrados

10:20 – 10:35

Segunda sección

Rodrigo Uprimny Yepes Universidad Nacional de Colombia

10:35 – 10:55

Magdalena Correa Henao Universidad Externado de Colombia

10:55 – 11:15

Camilo Guzmán Gómez Universidad Sergio Arboleda

11:15 – 11:35

Luisa Fernanda García López Universidad del Rosario

11:35 – 11:55

Kenneth Burbano Villamarín Universidad Libre

11:55 – 12:15

Espacio para preguntas de las magistradas y magistrados

12:15 – 12:30

Receso

12:30 – 14:00

Tercera sección

Gustavo Gallón Giraldo Comisión Colombiana de Juristas

14:00 – 14:20

César Rodríguez Garavito Dejusticia

14:20 – 14:40

Jomary Ortegón Osorio Colectivos de Abogados

14:40 – 15:00

Luis Emil Sanabria D. Redepaz

15:00 – 15:20

Pedro Vaca

15:20 – 15:40

Fundación para la Libertad de Prensa

 

Jorge Fernando Perdomo Torres Fiscal General de la Nación (E)

15:40 – 16:00

Espacio para preguntas de las magistradas y magistrados

16:00 – 16:15

Cuarta sección

Linda María Cabrera Cifuentes Alianza Cinco Claves, Sisma Mujer

16:15 – 16:35

Odorico Guerra Salgado Mesa Nacional de Víctimas

16:35 – 16:55

Jorge Arango Mejía

16:55 – 17:15

Hernando Yepes Arcila

17:15 – 17:35

Paloma Valencia Laserna

17:35 – 17:55

Espacio para preguntas de las magistradas y magistrados

17:55 – 18:10

Cierre

María Victoria Calle Correa Presidenta de la Corte Constitucional

18:10 – 18:20

 

Los puntos claves para entender el plebiscito, según el Gobierno

 

Aunque no es un mandato legal ni constitucional, la refrendación popular legitima lo acordado en La Habana y será el primer proceso de paz que siga este lineamiento.

 

· Se optó por un plebiscito debido a que tiene doble control constitucional de la Corte, es mucho más ágil en su desarrollo y, a diferencia de mecanismos como el referendo, no someten al votante a extensos y complejos textos que requerirían ser aprobados cada uno con el umbral mínimo de aprobación.

 

· Habrá dos opciones de votación, a favor y en contra de lo acordado en La Habana.

 

· El texto del plebiscito será redactado por el Presidente de la República y sus ministros gracias a un decreto en el que se señalará fecha y contenido de la pregunta.

 

· El jefe del Ejecutivo tendrá que informar al Congreso su intención de convocar al plebiscito.

 

· El Legislativo tendrá un mes para pronunciarse al respecto y si no lo hace el Presidente podrá convocar el mecanismo, máximo en los cuatro meses siguientes.

 

· El umbral de votación, que se redujo para este caso concreto, requerirá 4’396.625 votos por el “si”, de no llegar a este número se entenderá que los acuerdos no estarán refrendados.

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