Duque sanciona ley que permitirá tratamientos de infertilidad con recursos públicos
Se considera la infertilidad como aquella enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas.
22 de Febrero de 2019
Después de superar su trámite en el Congreso y pasar la revisión de la Corte Constitucional, el Gobierno sancionó la ley que establece los lineamientos para el desarrollo de la política pública de prevención de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parámetros de salud reproductiva.
La nueva disposición considera como infertilidad aquella enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas.
De esta manera, se entenderán como técnicas de reproducción humana asistida todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de ovocitos como de espermatozoides o embriones humanos para el establecimiento de un embarazo.
El Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, adelantará esta nueva política con miras a garantizar el pleno ejercicio de las garantías sexuales y reproductivas y su protección a través del Sistema de Seguridad Social en Salud, en el término de seis meses. Los componentes de esta política serán investigativo, preventivo, educativo, diagnóstico y tratamiento oportuno y de adopción.
En un término no superior a un año, Minsalud reglamentará el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida o terapias de reproducción asistida.
Congreso de la República, Ley 1953, Feb. 20/19.
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