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BALANCE: Corte Constitucional declaró exequibles 601 artículos e inexequibles 118 de los decretos de emergencia

De las 115 sentencias de control de constitucionalidad, 73 corresponden a la primera declaratoria de emergencia y 42 a la segunda.
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30 de Octubre de 2020

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La Corte Constitucional presentó el balance del control que realizó sobre los 115 decretos legislativos expedidos por el Gobierno Nacional, en el marco de la crisis declarada con ocasión del coronavirus (covid-19).

 

De las 115 sentencias que fueron pronunciadas en ejercicio de este control, 73 corresponden a la primera declaratoria de emergencia (Decreto 417/20) y 42 a la segunda (Decreto 637/20), para un total de 766 artículos revisados. (Lea: Observatorio Jurídico Coronavirus).

 

Como resultado de ese ejercicio, la Sala Plena declaró exequibles 601 artículos, inexequibles otros 118, mientras que, sobre los 47 restantes, encontró necesario condicionar algunas expresiones o declarar la inconstitucionalidad de alguna de sus interpretaciones.

 

Así mismo, se analizaron en total 111 intervenciones de Presidencia de la República, las cuales estuvieron acompañadas de escritos ciudadanos, conceptos de la academia y de la Procuraduría General de la Nación.

 

Foto 1

Imagen 2

 

Proceso de revisión

 

El proceso que se adelantó en la corporación estuvo marcado por cinco etapas. La primera, consistente en el recibo de las copias de los textos enviados por la Presidencia de la República, mientras que la segunda radicó en mantener fijaciones en la Secretaría General de la Corte Constitucional, durante cinco días, con el objetivo de que cualquier ciudadano pudiera enviar su intervención escrita.

 

Con posterioridad, y una vez surtida la etapa de intervenciones ciudadanas, el alto tribunal concedía 10 días al Procurador General de la Nación para que rindiera su concepto.

 

Así, al ser recibido, el magistrado ponente contaba con siete días para presentar el proyecto de fallo a la Sala Plena.

 

Finalmente, tras ser radicada la ponencia, la corporación adoptaba la decisión en no más de 20 días hábiles.

 

Corte Constitucional, comunicado, Oct. 22/20.

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