Aspirantes con antecedentes penales o disciplinarios ya pueden acceder a becas para posgrados (11:00 a.m.)
18 de Octubre de 2016
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Nota:
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A través de un comunicado, la Corte Constitucional informó la declaratoria de inexequibilidad del numeral 2º del artículo 4º de la Ley 1678 del 2013, que garantiza la educación de posgrados al 0,1 % de los mejores profesionales y graduados en las instituciones de educación superior pública y privada del país. La disposición demandada exigía que los aspirantes a las becas de posgrado otorgadas en virtud de la citada ley no tuvieran antecedentes penales o disciplinarios. De acuerdo con lo anterior, la Sala dijo que la exclusión de personas con antecedentes tiene como propósito restringir el acceso a los escasos recursos de los que dispone el Estado para otorgar este tipo de becas, garantizando que este beneficio se otorgue conforme a los méritos de los aspirantes. No obstante, frente al grupo de personas excluidas del acceso a becas de posgrado, esto es, aquellas con antecedentes penales o disciplinarios, según el concepto de la Sala, la finalidad no resulta aceptable constitucionalmente pues “parte de una noción perfectista del mérito, que deviene contraria al principio de dignidad humana”. Concluyó que resulta una medida inadecuada, dado que la presencia o ausencia de antecedentes del aspirante no tiene ninguna incidencia sobre la asignación eficiente de recursos conforme a los méritos del candidato, ni a sus necesidades socioeconómicas, ni al interés general en desarrollar la investigación en determinadas áreas prioritarias. El magistrado Gabriel Eduardo Mendoza manifestó su salvamento parcial de voto en relación con la decisión de inexequibilidad (M.P. Gloria Stella Ortiz).
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