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Consejo de Estado determinará si ordena suspensión de paro judicial vía tutela (10:39 a.m.)

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09 de Diciembre de 2014

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En acción de tutela presentada ante el Consejo de Estado, fue solicitada la imposición de una medida cautelar consistente en la orden de suspensión provisional del paro que protagonizan, desde hace dos meses, trabajadores de la Rama Judicial. La acción fue instaurada por un abogado litigante, quien considera que las actuaciones de los huelguistas le han impedido el ejercicio del derecho de acceso a la administración de justicia. El actor precisó que el desempeño de la labor jurisdiccional se enmarca dentro los escenarios definidos por el legislador frente a los cuales el artículo 56 de la Constitución impide el derecho a huelga. En el escrito se menciona el contenido del artículo 154 de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, que señala como la quinta de las prohibiciones para los funcionarios del sector el participar en las actividades que interrumpan o limiten la prestación de este servicio público. La acción fue admitida por el despacho del magistrado de la Sección Segunda, Luis Rafael Vergara.

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