Conozca los nuevos criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales temporales
01 de Febrero de 2024
El Ministerio de Ambiente expidió el Decreto 044, mediante el cual se establecen los criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales de carácter temporal como zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del ambiente, de manera de contribuyan al ordenamiento minero-ambiental.
“Las reservas de recursos naturales de carácter temporal se identificarán, delimitarán y declararán con base en la información que aporten las autoridades ambientales y demás información oficial disponible”, se lee en el documento, y se establecen los siguientes criterios para su declaración:
Presencia de ecosistemas de importancia ambiental o valores de conservación y prestación de servicios ecosistémicos, considerando los instrumentos de ordenamiento ambiental del territorio u otras herramientas definidas por autoridades ambientales, así como estudios o información técnica de las entidades del Sina y demás entidades públicas.
Presencia de áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, distritales y regionales o que soportan la disponibilidad de agua para la seguridad alimentaria, con fundamento en el inventario realizado por las autoridades ambientales.
Procesos de degradación que requieren acciones de restauración en sus diferentes enfoques, en procura de favorecer la integridad ecológica y mantener o recuperar los servicios ecosistémicos.
“A partir de la declaración de reservas de recursos naturales de carácter temporal, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y autoridades ambientales competentes, bajo el principio de colaboración con las entidades del minero energético, deberán adelantar los estudios técnicos necesarios y los procesos correspondientes sobre las áreas susceptibles de ser declaradas como áreas protegidas u otras estrategias de conservación ambiental, bajo un enfoque participativo”, se establece.
Finalmente, la cartera de Ambiente, mediante acto administrativo, declarará las reservas de recursos naturales de carácter temporal y establecerá la vigencia de la declaratoria con una duración de hasta cinco años prorrogables por una única vez, de conformidad con las características y necesidades de cada área.
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