Conozca el orden en el que serán entrevistados los aspirantes a Registrador Nacional
Las entrevistas se realizarán de manera reservada en el Palacio de Justicia el lunes 20 de noviembre a partir de las 8:00 de la mañana.
17 de Noviembre de 2023
Los presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado citaron a entrevistas para el próximo lunes 20 de noviembre a los 10 aspirantes que lograron los mejores puntajes de la lista clasificatoria en el marco del concurso de méritos especial para la escogencia de Registrador Nacional del Estado Civil.
Las entrevistas se realizarán de manera reservada en el Palacio de Justicia a partir de las 8:00 de la mañana, “sin perjuicio del respectivo registro, documento, grabación o archivo que recogerá su desarrollo”, en el siguiente orden:
*Habrá un receso entre la 1:00 p.m. y las 2:00 p.m.
De acuerdo con las convocantes, la entrevista personal pretende profundizar en las experiencias relevantes para el alto cargo y lograr una percepción objetiva sobre las habilidades directivas de los 10 candidatos.
¿Por qué la entrevista no será pública?
Los presidentes de las altas cortes mencionaron que las solicitudes presentadas por la Misión de Observación Electoral (MOE) y otros ciudadanos para que la entrevista sea pública y transmitida en directo a través de medios digitales no es procedente, de acuerdo con el numeral 6º del artículo 4º de la Ley 1134 del 2007, según el entendimiento que de ella hizo la Sección Quinta del Consejo de Estado en la sentencia del 26 de septiembre del 2022.
En la mencionada sentencia, el Consejo de Estado avaló este procedimiento al negar la demanda de nulidad contra la elección del saliente Registrador Nacional, en el siguiente sentido: “los presidentes de las Cortes debían efectuar la entrevista de forma reservada, por expreso mandato de la Ley. De manera que, al efectuarla, sin asistencia de público, no se afectaron los principios de publicidad, transparencia y participación ciudadana, por cuanto así estaba prevista en la Ley 1134 de 2011 (sic), pues, fue querer del legislador, para este tipo de concurso y, no otro, que la prueba de entrevista se cumpliera en un marco de absoluta tranquilidad y sosiego, exenta de presencia de público en el recinto dispuesto para ello, en orden a permitir que los presidentes de las altas Cortes, en su calidad de entrevistadores, pudieran interrogar, sin presión externa alguna y, a su turno, los propios entrevistados pudieran absolver las preguntas, sin influencia mediática, todo ello con el fin de cumplir, de mejor manera, los propósitos de la prueba’’.
En el fallo, la alta corte también resalta que la publicidad y transparencia del proceso, como el derecho a la participación ciudadana no necesariamente se cumple con la presencia de personas ajenas al acto de la entrevista.
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