Congresistas pueden perder investidura por asistir a sesiones estando impedidos (11:50 a.m.)
08 de Junio de 2016
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Nota:
107013
La Sala Plena del Consejo de Estado reiteró que para que se configure la causal de pérdida de investidura por violación del régimen del conflicto de intereses basta la sola presencia del congresista en la sesión en la que se debate y vota el asunto para el cual se declaró impedido, en tanto su presencia contribuye a la conformación del quórum, así no participe activamente. Según la corporación, la misma consecuencia aplica para el congresista que estando impedido no lo manifiesta, teniendo en cuenta que el artículo 181 de la Constitución Política no sanciona el hecho de que no cumpla el deber, sino el que vote una decisión estando incurso efectivamente en un conflicto de intereses (C. P. Roberto Augusto Serrato).
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