CNSC da instrucciones a las entidades sobre la etapa de planeación de los procesos de selección
01 de Noviembre de 2023
La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) emitió una circular externa en la que se dan instrucciones, para la etapa de planeación de los procesos de selección a las entidades, organismos del sistema general de carrera administrativa y de los sistemas especiales y específicos de origen legal.
Según el documento, en esta etapa concurren las voluntades de la CNSC y de las entidades a las que se les proveerán los empleos de carrera administrativa, que se encuentren en vacancia definitiva. En esta fase, los concursos de mérito implican el compromiso efectivo de las entidades involucradas, con el fin de que se trabaje de manera armónica y coordinada en la viabilidad de la convocatoria, en cumplimiento de los principios de la administración pública y de los fines del Estado. (Lea: Tenga en cuenta los beneficios y plazos para solicitar compensatorios por haber votado y ser jurado de votación).
Para iniciar con la planeación, las entidades tienen el deber de reportar a la Comisión Nacional del Servicio Civil los empleos de carrera en vacancia definitiva existentes en sus plantas de personal, en la oportunidad, por los medios y bajo los lineamientos que establezca la CNSC.
La directriz establece que el manual específico de funciones y competencias laborales (MEFCL) es el insumo fundamental que requiere la CNSC para adelantar el proceso de selección, pues la información contenida en este, está relacionada principalmente con los requisitos que se estructuran a las bases del concurso, así como a las pruebas a aplicar.
Dentro de la planeación, también se deben revisar los ejes temáticos e indicadores y se deben definir las características propias del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente y atendiendo a las necesidades de la provisión de empleos de la entidad, tales como:
i) Tipo de proceso de selección (abierto, ascenso, mixto).
ii) Las reglas.
iii) Las fases que lo componen.
iv) Las pruebas a aplicar, según los empleos de la oferta.
v) La ponderación, carácter, criterios y forma de calificación de las pruebas.
vi)La estimación de costos por parte de la CNSC, de acuerdo al valor estimado por vacante.
Para ampliar esta información lo invitamos a descargar el documento.
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