Censuran a abogado que renunció en plena audiencia cuando le negaron solicitud de aplazamiento
05 de Junio de 2023
Un abogado, actuando como defensor de confianza de un ciudadano por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en audiencia de traslado y lectura de fallo solicitó su aplazamiento por segunda vez.
El argumento del disciplinable se fundamentó en que necesitaba recaudar elementos materiales probatorios con el fin de solicitar la concesión de la prisión domiciliaria de su cliente, pese a que había prohibición expresa por ley para hacerlo, como se lo hizo saber el juez del proceso, explicando que en el preacuerdo aprobado el acusado aceptó su responsabilidad penal y se pactó que no se reconocerían subrogados ni prisión domiciliaria. El jurista, al negársele su solicitud de aplazamiento, en plena audiencia renunció a la defensa y se retiró del recinto, indicando que asumiría las consecuencias de su conducta. (Lea: El abogado al aceptar la gestión está obligado a estudiar la ley por la cual se rige el proceso)
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial recordó que la jurisprudencia ha precisado sobre el abuso de las vías del derecho que esta conducta comporta el ejercicio de cualquier herramienta o instrumento procesal o legal existente, siempre y cuando entrañe un abuso del derecho que pretende hacer valer. Entonces, involucra el empleo de un mecanismo en forma alejada al real propósito que está llamado a cumplir en el ordenamiento jurídico.
Para la Sala quedó claro que en relación con la conducta del disciplinado no se evidenció fundamento alguno que justifique su actuar, abusó de las vías de Derecho en forma contraria a su finalidad al momento de renunciar en plena diligencia y retirarse ante una negativa de aplazamiento de la diligencia injustificada, dejando a su representado sin defensa técnica, por lo que el juez se vio forzado a aplazar la audiencia por segunda vez, situación que fue evidenciada al momento de realizar la valoración probatoria en este proceso. Por lo anterior, se resolvió confirmar la sentencia que sancionó con censura al abogado (M. P. Alfonso Cajiao Cabrera).
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