Cambio de la terna para elegir Fiscal General de la Nación es viable: Consejo de Estado (12:29 p.m.)
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03 de Noviembre de 2010
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El Presidente de la República tiene la facultad de enviar una nueva terna para la elección del Fiscal General de la Nación, que remplace la que ya fue remitida a la Corte Suprema de Justicia, sin que los actuales integrantes deban renunciar a la postulación, pues no tienen derechos adquiridos como candidatos. La conformación de la terna es un acto discrecional y autónomo del presidente. Así lo señaló la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en respuesta a una consulta elevada por el Gobierno. Según la corporación, el envío de una terna no agota la función de postular que recae en cabeza del presidente, por lo que puede continuar ejerciendo esa labor. Añadió que los candidatos tienen una condición de expectativa, lo que no equivale a un derecho consolidado o adquirido y su nominación puede ser revocada. Además, es un acto de trámite y su eventual revocatoria no riñe con el artículo 73 del Código Contencioso Administrativo, que exige el consentimiento del titular (C. P. Enrique José Arboleda Perdomo).
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