Cae una inhabilidad para ser elegido contralor municipal o distrital (9:15 a.m.)
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07 de Diciembre de 2018
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La Corte Constitucional informó la inexequibilidad de la inhabilidad para ser elegido contralor municipal o distrital de quien ejerció el mismo cargo o el de auditor en la respectiva contraloría en calidad de encargado, en cualquier momento del periodo inmediatamente anterior. De ahí que solo estarán cobijados por la inhabilidad prevista en los numerales 2° y 5° del artículo 95 de la Ley 136 de 1994 quienes hayan ejercido dichos cargos en los 12 meses anteriores a la elección de contralor municipal. Todo esto quiere decir que se retiró del ordenamiento jurídico la expresión “o como encargado”, contenida en el literal a) del artículo 163 de la Ley 136 de 1994 (M. P. Cristina Pardo).
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