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Avanza propuesta que amplía posibilidades para retirar cesantías (4:17 p.m.)

05 de Mayo de 2016

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Nota:
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El trabajador afiliado a un fondo de cesantías puede retirar las sumas abonadas en su cuenta, entre otros casos, cuando requiera financiar pagos por concepto de matrículas en entidades de educación superior para el mismo, su cónyuge o compañero permanente y para sus hijos. Así, el proyecto de ley 158/15S-143/15C permitiría el retiro, además, para pagar educación preescolar, básica, media, técnica profesional, tecnológica, profesional universitaria y posgrado, es decir, el retiro ya no estaría sujeto al pago exclusivo de matrículas en entidades de educación superior, sino que incluiría la educación prescolar, básica y media. El segundo aspecto de la reforma tiene que ver con la figura mediante la cual se hace el desembolso. Actualmente, el fondo de cesantías consigna directamente a la entidad de educación superior el valor de la matrícula y la reforma propone que, además de la consignación directa, se permita el descuento de las cesantías para que sean trasladadas a una cuenta de ahorro programado o al seguro educativo. Los dependientes podrían ser beneficiarios siempre y cuando a) sean menores de 18 años o b) mayores de 18 y menores de 25 años que dependan económicamente o por factores físicos o psicológicos debidamente certificados por la autoridad competente. De acuerdo con las cifras dadas a conocer por Asofondos durante el 2015, los colombianos usaron cerca de $ 316 mil millones del ahorro de sus cesantías para el pago de estudios universitarios, por lo que, en opinión de los autores, es necesaria una reforma que permita a los colombianos realizar un ahorro a largo tiempo para cubrir los gastos educativos propios o de sus dependientes. La iniciativa ya cuenta ponencia favorable para tercer debate.

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