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ATENCIÓN: Habilitan por tres años más el traspaso de vehículos a persona indeterminada

Se realizó una modificación sobre la cancelación de matrícula temporal, la cual estaba contemplada en el artículo 4 de la Resolución 5709/16 y no se había tenido en cuenta en la reglamentación.
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Para efectos del traspaso de un vehículo, improntas pueden suplirse con adhesivos, fotoimprontas o código QR (Freepik)

04 de Agosto de 2022

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El Ministerio de Transporte prorrogó por tres años más, contados a partir del próximo 6 de agosto, la vigencia de los lineamientos planteados en la Resolución 3282/19, a través de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para el registro de propiedad de un vehículo a persona indeterminada.

La prórroga quedó establecida con la Resolución 20223040044765, misma en la que se realizó una modificación en cuanto a la cancelación de matrícula temporal, la cual estaba contemplada en el artículo 4 de la Resolución 5709/16 y no se tuvo en cuenta en la reglamentación, por tanto, se agregó el siguiente parágrafo al artículo 7, “legalización del traspaso”:

Parágrafo 2. El poseedor de un vehículo que cuente con cancelación temporal del registro de este, de conformidad con lo estipulado en el artículo 4 de la Resolución 5709 del 2016 del Ministerio de Transporte, podrá realizar el proceso señalado en el presente artículo, con el propósito de registrar el vehículo a su nombre”.  

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