Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Apelaciones a procesos disciplinarios contra abogados no pueden basarse en ofensas (3:34 p.m.)

101852

01 de Junio de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo Superior de la Judicatura precisó que el artículo 44  (numeral 6º) del Código General del Proceso (Ley 1546 del 2012) permite ordenar la devolución de escritos en los que se falte al respeto a funcionarios, a las partes o a terceros. A su juicio, el tildar de fraudulentas y prevaricadoras las actuaciones de los magistrados del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander no cumple con las exigencias del artículo 112 del Código Disciplinario Único (Ley 734 de 2002), que obliga a sustentar las razones por las cuales se interponen los recursos; la ausencia de estas características, resaltó, conduce a que la Sala se inhiba de pronunciarse. En su lugar, solicitó a la Fiscalía que adelante las actuaciones a las que haya lugar, ante estas declaraciones irrespetuosas y no probadas expuestas por el recurrente (M. P. Wilson Ruiz).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)