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Modifican competencias para otorgar licencia ambiental

Se reasignó parcialmente a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) la competencia para otorgar o negar licencias ambientales.
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15 de Julio de 2024

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Teniendo en cuenta la ruta trazada por el Gobierno dirigida hacia la transición energética justa, se evidenció la necesidad de desarrollar capacidades e incrementar el conocimiento en torno a la evaluación de licenciamiento ambiental de los proyectos de exploración y uso de fuentes de energía virtualmente contaminantes por parte de la Nación, por lo cual se reasigna parcialmente a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) la competencia en materia de licenciamiento ambiental para dichos proyectos, con el fin de lograr la estandarización y unificación de los criterios técnicos y lineamientos para la evaluación y seguimiento de los proyectos con capacidad igual o superior a 50 MW.

En este sentido, la ANLA otorgará o negará de manera privativa la licencia ambiental para los siguientes proyectos, obras o actividades:

i) La construcción y operación de centrales generadoras de energía eléctrica con capacidad instalada igual o superior a 100 MW. (Lea: Esta es la conciliación de los cambios al procedimiento sancionatorio ambiental)

ii) Los proyectos de exploración y uso para la generación de energía eléctrica de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes, tales como eólicos, geotérmicos, solares y las provenientes de los mares, de la biomasa y demás fuentes de energía eléctrica determinadas por la autoridad competente, también denominadas fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER), con capacidad instalada igual o superior a cincuenta 50 MW.

iii) El tendido de las líneas de transmisión del sistema de transmisión nacional (STN), compuesto por el conjunto de líneas con sus correspondientes subestaciones que se proyecte operen a tensiones iguales o superiores a 220 KV, entre otros.

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