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General


Inexequibles normas que modificaron funciones del Minambiente y las CAR

El Presidente de la República excedió la autorización que le otorgó la Ley 1444 del 2011 para reestructurar el Estado.
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24 de Mayo de 2012

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La Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto Ley 3565 del 2011, que modificaron las competencias del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Minambiente) y de las corporaciones autónomas regionales (CAR).

 

Según el alto tribunal, el Presidente de la República excedió la autorización que le otorgó la Ley 1444 del 2011 para reestructurar el Estado.

 

A su juicio, esta potestad no incluía el traslado de funciones del Minambiente a las CAR, ampliar o modificar los periodos personales e institucionales de estas corporaciones ni extender sus planes de acción, como lo hicieron las normas demandadas.

 

En lo referente al traslado de la función de evaluación, seguimiento y control de factores de riesgo ecológico, indicó que no guardaba relación con el propósito de la ley de facultades.

 

Los magistrados Adriana Guillén, Gabriel Mendoza y Humberto Sierra anunciaron la presentación de un salvamento parcial de voto, pues, en su criterio, esta función sí podía ser reasignada. 

                                                                                                                                                                          

De acuerdo con los disidentes, el traslado aseguraba la celeridad y la coherencia en la respuesta del Estado frente a la evaluación, seguimiento y control de los factores de riesgo ecológico y de los que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales.

 

(Corte Constitucional, comunicado Sentencia C-366, mayo 16/12, M. P. Luis Ernesto Vargas Silva)

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