Excepciones a la obligación de reponer el arbolado urbano vulneran principios de las normas ambientales (3:20 p.m.)
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25 de Mayo de 2012
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Teniendo en cuenta que la Resolución 1732 del 2011, por la cual se establece la compensación por aprovechamiento de arbolado urbano y jardinería, no tiene autorización para establecer excepciones a la regla general prevista en el estatuto forestal, en cuanto a reposición arbórea, pues vulnera el principio de rigor subsidiado descrito en las normas generales en materia ambiental, la Secretaría de Ambiente de Bogotá, por medio de la Resolución 359 del pasado 10 de mayo, revocó parcialmente la norma, en el sentido de excluir el parágrafo único del artículo tercero, que establecía excepciones al cumplimiento de la obligación de restitución, cuando determinadas especies arbóreas pongan en riesgo la vida de las personas.
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