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Establecen operatividad del programa de alivio a las obligaciones no financieras

La medida beneficia a pequeños y medianos productores agropecuarios y pescadores artesanales.
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16 de Julio de 2024

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Las disposiciones contenidas en la presente norma benefician a los pequeños y medianos productores agropecuarios y pescadores artesanales de cadenas priorizadas por el Ministerio de Agricultura con créditos que hayan entrado en mora antes del 30 de noviembre de 2020 con proveedores de insumos agropecuarios, asociaciones, agremiaciones y cooperativas u otras entidades no financieras legalmente reconocidas y tributariamente reportadas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

En este sentido, Minagricultura determinará los procesos específicos de la actividad productiva y de comercialización de las cadenas que serán objeto del programa, de acuerdo con los criterios técnicos  y para su priorización en el otorgamiento de alivios financieros. (Lea: Ampliación del beneficio de ‘borrón y cuenta nueva’ espera penúltimo debate)

Así pues, el valor máximo del alivio que se reconocerá a los pequeños productores y productoras agropecuarios y pescadores y pescadoras artesanales será hasta $ 10.000.000, valor que podrá corresponder máximo al 80 % del monto de capital adeudado.

El valor máximo del alivio que se reconocerá a los medianos productores y productoras agropecuarios y pescadores y pescadoras artesanales será de hasta $ 20.000.000, valor que corresponderá máximo al 60 % del monto de capital adeudado.

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