Esta es la ley de alivio financiero a deudores agropecuarios (11:23 a.m)
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19 de Julio de 2017
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El presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley de alivio financiero para los deudores agropecuarios que asumieron compromisos a través del Programa de reactivación agropecuaria (Pran) y del Fondo de solidaridad agropecuaria (Fonsa). La norma establece que los deudores con saldo consolidado al 31 de diciembre del 2016, inferior a $ 50 millones del programa Pran, del Fonsa y demás de que trata el artículo 10 de la Ley 1504 del 2011, podrán extinguir sus obligaciones hasta el 30 de junio del 2019. Lo anterior se aplicará de acuerdo con las condiciones que establezca el Ministerio de Agricultura y que aplicará el administrador o acreedor de la cartera. De la misma forma, aquellos deudores que hayan realizado abonos a capital, podrán extinguir sus obligaciones cancelando la diferencia entre el monto inicial de la deuda y los abonos a capital realizados hasta 31 de diciembre del 2016. En caso de que los abonos a capital efectuados hasta dicha fecha superen el monto inicial de la deuda, esta se entenderá pagada en su totalidad, sin que haya lugar a solicitar el rembolso de lo pagado por encima de ese valor.
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