Ajustes del plan de manejo de una cuenca en la que existe jurisdicción compartida corresponden a la comisión conjunta (9:03 a.m.)
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11 de Mayo de 2010
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Los ajustes al plan de manejo de un cuenca en la que dos o más corporaciones autónomas regionales tienen jurisdicción debe realizarlos la comisión conjunta, constituida con el fin de concertar, armonizar y definir políticas para el manejo ambiental correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 33 de la Ley 99 de 1993, precisó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en reciente oficio. Dicho plan de manejo puede contar con el apoyo de los institutos técnicos y científicos adscritos y vinculados al ministerio.
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