Adoptan lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del PIGA (4:53 p. m.)
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29 de Mayo de 2015
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La Secretaría de Ambiente de Bogotá, a través de la Resolución 242 del 28 de enero (publicada en el Registro Distrital 5600 del pasado 26 de mayo), adoptó los lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA), el cual deberá ser implementado por las entidades y organismos públicos, el sector de las localidades y aquellos entes de otros niveles de la administración o privados interesados en mejorar su gestión ambiental. De acuerdo con la norma, al iniciar el periodo de gobierno del Alcalde Mayor, se tendrán 8 meses para que las entidades distritales formulen su PIGA, conformado por el respectivo documento y el plan de acción anual, garantizando la asignación de recursos para su implementación. Con base en los elementos de planificación, se establecerán como mínimo el programa de uso eficiente del agua y energía, gestión integral de residuos, consumo sostenible e implementación de prácticas sostenibles, con al menos una de estas líneas: movilidad urbana sostenible, mejoramiento de condiciones ambientales internas y/o de su entorno y adaptación al cambio climático. Deberán remitirse informes relacionados con el desarrollo, avances y registros, a través de la herramienta sistematizada prevista para el efecto, en las fechas señaladas.
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