21 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 9 minutos | ISSN: 2805-6396

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Solicitud de la EPS Compensar no debe afectar prestación del servicio: Supersalud

12 de Abril de 2024

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Solicitud de la EPS Compensar no debe afectar prestación del servicio: Supersalud (Supersalud)

Ayer, el superintendente Nacional de Salud, Luis Carlos Leal Angarita, entregó parte de tranquilidad a los 2,1 millones de afiliados al programa de salud de la EPS Compensar, luego de que la entidad presentara la semana pasada solicitud de retiro voluntario como aseguradora del sistema de salud.

“Es importante destacar que cualquier decisión estará guiada por el principio fundamental de proteger el derecho a la salud de las personas, incluyendo el derecho a la libre elección y la continuidad en la prestación del servicio para los usuarios. En este sentido, la solicitud de retiro de Compensar no debe ni debería impactar la prestación ni continuidad de los servicios y tratamientos médicos para los pacientes en el país”, dijo Leal. (Lea:  Claves para entender la intervención de las EPS)

Según la Supersalud, para aprobar o negar el retiro voluntario de la EPS Compensar la entidad debe comunicar su decisión con una antelación mínima de cuatro meses a sus afiliados, entidades territoriales y a la misma superintendencia. Asimismo, se requiere que la EPS presente un cronograma detallado con acuerdos de pago para sus proveedores, especificando los plazos de las obligaciones a cumplir.

Leal Angarita agregó que su equipo estará atento y vigilante en todo momento para asegurar que la atención de los usuarios no se vea alterada y se garantice la prestación de los servicios de salud de manera ininterrumpida y con oportunidad.

La EPS Compensar opera en la capital del país y en los departamentos de Cundinamarca, Norte de Santander, Boyacá, Valle, Meta, Atlántico, Antioquia, Risaralda, Bolívar, Cauca y Tolima.

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