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Revelan textos de nuevas leyes sancionadas por el Gobierno

04 de Enero de 2012

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Foto: Thinkstock

 

El presidente Juan Manuel Santos sancionó cuatro nuevas leyes: la que ordena la expedición del pasaporte diplomático a los congresistas, la que promueve la cultura de la seguridad social, la que fomenta las conductas seguras en las vías y la que modifica el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria (PRAN).

 

La Ley 1501 del 2011 le permite al Ministerio de Relaciones Exteriores expedir pasaporte diplomático a los congresistas y a los secretarios generales del Senado y de la Cámara, por el tiempo para el que fueron elegidos.

 

Por otro lado, con la sanción de la Ley 1502 del 2011, se declara de interés general el fomento de la cultura de la seguridad social en Colombia. En ese sentido, dispone que el Ministerio de Educación deberá incorporar la seguridad social en los programas de estudio  de las instituciones educativas.

 

Con el objeto de promover en las personas la formación de hábitos, com­portamientos y conductas seguros en la vía, se reformó la Ley General de Educación (L. 115/94), para establecer la seguridad vial como de enseñanza obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media de los establecimientos públicos y privados.

 

Así, la Ley 1503 del 2011 también dispone la capacitación de los docentes en enseñanza de la seguridad vial y, además, la incluye como una opción para que los estudiantes presten el servicio social obligatorio.

 

Además, las entidades, organizaciones o empresas que se comprometan a mejorar los problemas en materia de seguridad vial recibirán incentivos fiscales o en los procesos de contratación pública.

 

Finalmente, fue sancionada la Ley 1504 del 2011, que pretende aliviar las obligaciones financieras a los deudores del PRAN, el PRAN cafetero, el PRAN de alivio a la deuda cafetera, el PRAN reforma agraria y el PRAN arrocero.

 

De esta manera, los deudores podrán extinguir sus obligaciones pagando de contado, dentro de los próximos 24 meses, el valor que resulte mayor entre el 30 % del saldo inicial de la deuda con el PRAN y el valor que Finagro pagó al momento de la adquisición de la respectiva obligación.

 

Las normas están vigentes desde el pasado 30 de diciembre.

 

(L. 1501, 1502, 1503 y 1504, dic. 29/11)

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