General
Registro médico en los documentos relacionados con la profesión puede ser manuscrito, digital o mecánico
No existe disposición que establezca que deba materializarse a través de un sello, según Minsalud
01 de Julio de 2015
Si bien el registro médico debe estar en todos los documentos relacionados con el ejercicio profesional de la medicina, no existe disposición que establezca que deba materializarse a través de un sello, por lo que podrá colocarse de forma manuscrita, digital o mediante otra modalidad técnica o mecánica, indicó el Ministerio de Salud.
Los documentos que conforman la historia clínica deben llevar el nombre completo y la firma del autor de los mismos, quien puede utilizar programas automatizados para su diseño y manejo, mediante los cuales se permita la identificación del personal responsable de los datos consignados, a través de códigos, indicadores u otros medios que remplacen la firma y sello de las historias en medios físicos, señaló la entidad.
(Minsalud, Concepto 201511200885551, abril 29/15)
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