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Presidente evaluará conveniencia política de proyectos de ley que presente el Gobierno

09 de Diciembre de 2011

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A través de una directiva, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, estableció los plazos de anticipación para radicar ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República los proyectos de resolución, de decreto o de ley de origen gubernamental que se pretenda expedir.

 

En agosto del 2010, el mandatario les ordenó a los ministros remitir “con razonable anticipación” los proyectos de ley, para hacer una revisión de contenido.

 

La nueva directiva presidencial, dirigida a ministros y directores de departamentos administrativos, precisa que este paso no solo es necesario para hacer una revisión técnico-jurídica, sino también para que el Presidente, en el caso de los proyectos de ley, analice su conveniencia política.

 

El término de antelación dependerá del número de artículos del proyecto de resolución, de decreto o de ley. Si tiene menos de 20 artículos, es de seis días, antes de que se requiera la firma del mandatario; si tiene entre 21 y 50 artículos, el plazo será de 10 días, y si tiene más de 50 artículos, de 20 días.

 

En todo caso, la radicación de proyectos ante el Congreso debe tener el concepto de la Secretaría Jurídica y el visto bueno del Secretario General de la Presidencia de la República, advierte la directriz.

 

(Presidencia de la República, Directiva Presidencial 26, dic. 26/11)

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