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Piden inexequibilidad de varios apartes del proyecto de ley de acceso a información

En un Estado democrático y social de derecho, se espera que sea la ley la que defina las reservas documentales, y no las autoridades públicas, advirtió la Procuraduría.
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04 de Enero de 2013

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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequibles varios apartes del Proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública Nacional (P.L. 156/11 Senado – 228/12 Cámara), como el parágrafo 1º del artículo 5º, que reconoce como sujetos obligados a los particulares, únicamente si la utilizan la información para fines periodísticos o académicos.

 

Para la entidad, la medida es desproporcionada, pues obligaría al resto de particulares a revelar el uso privado que les den a los datos, lo cual es contrario al ejercicio de sus libertades individuales.

 

Además, solicitó la inconstitucionalidad de la expresión “salvo que el daño causado al interés protegido sea mayor al interés público de obtener acceso a la información”, contenida en el artículo 21, que les prohíbe a las entidades negar la existencia de un documento o impedir su acceso; el artículo 28 (parcial), sobre los recursos del solicitante de la información, y el artículo 30, que se refiere a la responsabilidad penal, civil y disciplinaria de los funcionarios.

 

El Ministerio Público explicó que en un Estado democrático y social de derecho, se espera que sea la ley la que defina las reservas documentales, y no la discrecionalidad o percepción de las autoridades públicas.

 

(Procuraduría General de la Nación, Concepto 5482 (PE-036), 11/30/2012. M. P. María Victoria Calle)

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