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No deben repararse vehículos en vías públicas, parques o aceras, a menos que sea una emergencia

En este caso, deberán colocarse señales visibles y estacionarse a la derecha de la vía, en perímetros rurales fuera de la zona transitable.
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12 de Diciembre de 2022

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Por regla general, está prohibido parquear en las autopistas, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769/02). Sin embargo, de requerirse hacerlo en autopista y zonas rurales se debe realizar por fuera de la vía colocando en el día señales reflectivas de peligro y en la noche luces de estacionamiento y señales luminosas de peligro, so pena de sanción.

 

Así mismo, precisó el Ministerio de Transporte, no deben repararse vehículos en vías públicas, parques o aceras, a menos que las reparaciones sean de emergencia o bajo absoluta imposibilidad física de mover el vehículo. En este caso, deberán colocarse señales visibles y estacionarse a la derecha de la vía, en los perímetros rurales fuera de la zona transitable de los vehículos, colocando señales de peligro a distancia entre 50 y 100 metros adelante y atrás del vehículo.

 

Adicionalmente, si la reparación de emergencia se da en zonas de estacionamiento prohibido, solo podrá permanecer el tiempo necesario para su remolque, que no podrá ser superior a 30 minutos. Está prohibido reparar automotores en zona de seguridad y protección de la vía férrea, en los patios de maniobra de las estaciones, los apartaderos y demás anexidades ferroviarias. No obstante, los conductores al descender del vehículo deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar que este se ponga en movimiento.

 

Ahora bien, todas las zonas de prohibición deberán estar expresamente señalizadas y demarcadas en su sitio, previa decisión del funcionario de tránsito competente. No se pueden establecer zonas de prohibición permanentes, salvo que sea por razones de seguridad debidamente justificadas. En todos los demás eventos la señalización debe indicar los días y horas en los cuales opera la prohibición.

 

Se exceptúan de ser señalizadas o demarcadas todas aquellas zonas cuyas normas de prohibición o autorización están expresamente descritas en el Código Nacional de Tránsito, indicó la entidad.

 

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