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Modifican norma relacionada con seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados por pueblos indígenas

Se tendrán en cuenta aspectos relacionados con el territorio, población, registros catastrales, resguardos constituidos, solicitudes de constitución, entre otros.
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14 de Junio de 2024

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El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural hizo modificaciones a la norma relacionada con los mecanismos para la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente o tradicionalmente por los pueblos indígenas. Según el documento, se modificaron los artículos 2.14.20.2.1 y 2.14.20.3.1 de los capítulos 2 y 3 del Título 20 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 del 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

Con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica sobre la información existente en el Estado colombiano en materia de propiedad colectiva indígena, el Ministerio de Agricultura creará, en un plazo de seis meses, contados a partir de la vigencia de esta norma, un sistema de coordinación interinstitucional para la unificación de la información predial de los territorios indígenas. (Lea: Dane hace cambios en la certificación de información de resguardos indígenas)

Según la norma, para tales efectos, se tendrán en cuenta los aspectos relacionados con el territorio, población, registros catastrales, resguardos constituidos, solicitudes de constitución, ampliación y saneamiento, posesión ancestral y tradicional de los pueblos y comunidades indígenas.   

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