Minhacienda propone cambios al proceso de convocatoria de la Comisión interparlamentaria de crédito público
20 de Noviembre de 2024
El Ministerio de Hacienda dio a conocer un proyecto de decreto que propone modificar el artículo 2.2.1.6.2 del Capítulo 6, Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1068 del 2015, que regula el sector Hacienda y Crédito Público. Esta modificación se centra en los procedimientos para la convocatoria de la Comisión interparlamentaria de crédito público.
De acuerdo con la propuesta, los miembros de esta instancia serían convocados de manera ordinaria por el Ministro de Hacienda o su Viceministro, con un plazo mínimo de ocho días corrientes de antelación. Las convocatorias podrían enviarse a través de cualquier medio verificable. Las reuniones de la Comisión se llevarían a cabo en las instalaciones del Ministerio de Hacienda, salvo que se disponga lo contrario. (Lea: Regla fiscal exige nuevas estrategias para su cumplimiento en 2024 y 2025: Carf)
El proyecto también plantea que si después de dos convocatorias realizadas, y cumpliendo con lo señalado en el artículo 2.2.1.6.7 del mismo de decreto, la Comisión no emite el respectivo concepto dentro de los 30 días calendario siguientes a la segunda convocatoria, se entenderá que se ha cumplido el requisito. En tal caso, el ministerio podría proceder con el trámite para la autorización y ejecución de las operaciones de crédito público.
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