11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Matrícula de vehículo es opcional si no va a transitar por el territorio nacional

08 de Febrero de 2024

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Matrícula de vehículo es opcional si no va a transitar por el territorio nacional (Freepik)

Los vehículos requieren ser matriculados para poder transitar por las vías del territorio nacional y cumplir los requisitos que la normativa establece, como demostrar que cuentan con licencia de tránsito, seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), estar en óptimas condiciones técnico mecánicas y de emisiones contaminantes y contar con el respectivo certificado.

La matrícula es el procedimiento destinado a efectuar el registro inicial de un vehículo ante un organismo de tránsito, en el cual se consignan sus características internas y externas, así como los datos de identificación del propietario. Además, las características técnicas y de capacidad deben estar homologadas por el Ministerio de Transporte para su operación o tránsito en las vías del territorio nacional.

Dicha homologación se define como la confrontación de las especificaciones técnico mecánicas, ambientales, de peso, dimensiones, comodidad y seguridad de vehículos con las normas legales vigentes para su respectiva aprobación.

No existe disposición legal o reglamentaria que establezca de forma expresa que, una vez adquirido el vehículo, ya sea por importación directa o en un concesionario en el país, su propietario está eximido del trámite de matrícula, pues la obligación legal de realizar el trámite es requisito para poder transitar en las vías del territorio nacional.

Sin embargo, aclaró la entidad, una vez adquirido el vehículo, el trámite de matrícula es una opción si no va a ser destinado para lo que fue diseñado, fabricado, homologado y comercializado, como es transitar en las vías del territorio nacional. La consulta se refería a una motocicleta destinada a colección y exhibición, sin desplazamiento por sus propios medios.

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