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Gobierno le solicitó al Consejo de Estado definir quién investigará a aforados
El alto tribunal se encargaría de definir qué organismo adelantará las investigaciones fiscales del “carrusel de pensiones”.10 de Abril de 2012
El Gobierno le pidió este martes al Consejo de Estado determinar qué organismos serán los responsables de investigar el denominado “carrusel de pensiones” del Consejo Superior de la Judicatura.
De acuerdo con la solicitud, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo definiría si es la Contraloría General de la República o la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes la encargada de investigar el presunto detrimento patrimonial que involucra a algunos magistrados de esa corporación.
“Habrá que ver cuáles de las competencias que están siendo materia de duda son competencias judiciales, cuáles son competencias de naturaleza administrativa, qué le corresponde a la Contraloría y qué a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes', afirmó el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra.
En febrero, Esguerra ya había solicitado que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado se pronunciara sobre este asunto. Ahora, lo que pide no es un concepto de esa corporación, sino una decisión vinculante del alto tribunal, pues considera que este es el encargado de definir los conflcitos de competencia de carácter administrativo.
Las declaraciones del Ministro se dan luego de que la Contraloría decidió suspender las investigaciones fiscales contra funcionarios aforados, tras acogerse a la decisión de una sala de conjueces del Consejo Superior de la Judicatura, en el que se decidió que el ente de control no es competente para adelantar investigaciones fiscales contra magistrados de la Rama Judicial.
El fuero constitucional es integral
Los magistrados de las altas cortes, el Fiscal General de la Nación y el Presidente de la República deben ser procesados por el Congreso, que es su juez natural, señaló una sala de conjueces del Consejo Superior de la Judicatura, al definir un conflicto positivo de jurisdicciones interpuesto por la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
Según la providencia, cuando se cometan faltas penales, disciplinarias o fiscales por razón de las funciones oficiales, se debe responder ante dicha corporación, de acuerdo con los artículos 175 y 178 de la Constitución, pues la figura del fuero es integral.
El fallo señala que la única excepción para que la investigación en materia fiscal quede en manos de la Contraloría General de la República es que se cause un daño al patrimonio del Estado en ejercicio de una gestión fiscal. Como el nombramiento de magistrados auxiliares no constituye o implica el ejercicio de dicha gestión, esa excepción no se configura en este caso.
(Consejo Superior de la Judicatura, Auto 11001010200020120024300, mar. 29/12)
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