25 de Noviembre de 2024 /
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Formulan pliego de cargos contra empresas por presuntamente fijar precios excesivos para medicamento contra la hipertensión

25 de Junio de 2024

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) inició una investigación contra el grupo Ferrer Internacional S. A., Ferrer Colombia SAS y Pint Pharma Colombia SAS, que son las compañías encargadas de la distribución y comercialización del medicamento Remodulin. Este medicamento se usa para tratar la hipertensión arterial pulmonar. El propósito de la actuación es determinar si las investigadas habrían infringido el régimen de protección de la competencia y el de competencia desleal al realizar distintas actuaciones para eludir la regulación del control directo de precios del Remodulin, con el fin de incrementar excesivamente su precio.

Para explicar en qué consistió la conducta investigada, debe tenerse en cuenta que la regulación de precios máximos del medicamento Remodulin estaba determinada por el código único de medicamento (CUM) asignado a ese producto. Para eludir esa regulación, Ferrer Internacional habría realizado una modificación formal a la presentación del medicamento, lo que le permitió obtener la asignación de nuevos CUM y, por lo tanto, no quedar sujeto al precio máximo establecido en la regulación. (Lea: SIC embarga las cuentas bancarias de dos constructoras)

La modificación formal que Ferrer Internacional realizó consistió en adicionar unos dispositivos que no eran fundamentales para la aplicación o efectividad del medicamento, que podrían adquirirse por separado y que no justificaban la significativa diferencia entre el precio de venta y el regulado. Como consecuencia, Pint Pharma y Ferrer Colombia habrían comercializado los medicamentos con la misma composición y cantidad que el medicamento regulado, pero con un precio excesivamente mayor al determinado en la regulación.

En el evento en que se comprueben las conductas imputadas, la Superindustria podrá imponer a cada persona jurídica multas hasta de 100.000 SMLMV. Adicionalmente, podrá imponer órdenes dirigidas a que la realización de las actividades económicas de las investigadas se adecúe a la normativa aplicable en materia de libre y leal competencia.

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