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Expiden ocho leyes aprobatorias de instrumentos internacionales
Las normas se refieren a asistencia en materia fiscal, extradición, doble tributación, estudios y residencias en el exterior, entre otros temas.24 de Julio de 2013
El Gobierno incorporó en la legislación ocho instrumentos internacionales, relacionados con asistencia en materia fiscal, extradición, doble tributación, estudios y residencias en el exterior, entre otros temas.
Dichos instrumentos son:
- Convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal aprobada por el Consejo de Europa y los países miembros de la OCDE (Ley 1661).
Esta asistencia incluirá intercambio de información, auditorias fiscales simultáneas, participación en auditorías en el extranjero, asistencia en el cobro y notificación o traslado de documentos. La convención se aplicará a los impuestos de renta, sobre ganancias de capital y sobre patrimonio neto.
- Tratado de extradición con México (Ley 1663).
Este instrumento aplicará cuando la solicitud se refiera a conductas previstas en las legislaciones penales de ambos países que sean sancionadas con pena privativa de libertad no menor a tres años.
- Acuerdo con Brasil sobre permiso de residencia, estudio y trabajo para los nacionales fronterizos brasileños y colombianos (Ley 1664).
Comprende la residencia en la localidad fronteriza situada en la otra parte, el libre ejercicio de trabajo o profesión y la asistencia a establecimientos educativos. Así mismo, establece la entrega de un documento especial de residencia, con una vigencia de dos años.
- Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables - Irena (Ley 1665).
El Irena busca el reemplazo progresivo de energías fósiles por energías renovables, con criterios de eficiencia tecnológica. Para ello, plantea la adopción, promoción y fortalecimiento de políticas; el mejoramiento de los marcos regulatorios; la adopción de normas internacionales; la transferencia de tecnologías y la creación de mejores medios de financiamiento para su producción.
- Convenio con Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en el impuesto sobre la renta (Ley 1667).
Este instrumento evitará que los inversionistas de ambos países paguen impuestos en su país de origen y en el que es receptor de las inversiones. La norma aclara que para el caso de Corea comprende los impuestos de renta, a las sociedades y especial para el desarrollo rural.
- Acuerdo con India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta (Ley 1668).
En la India, hace referencia al impuesto sobre la renta e incluye cualquier cargo sobre el mismo.
- Estatuto y reglamento general de la Interpol (Ley 1670).
El objetivo es conseguir y desarrollar una amplia asistencia recíproca de las autoridades de policía criminal. Se le prohíbe a la organización cualquier intervención en asuntos de carácter político militar, religioso o racial.
- Enmienda al estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica (Ley 1671).
Según la norma, con la aprobación de estas enmiendas, el organismo mejorará su funcionamiento organizacional y financiero, lo que repercutirá positivamente en la labor que desarrolla como promotor de la no proliferación, la seguridad física y tecnológica y los usos pacíficos de la energía nuclear.
(Leyes 1661, 1663, 1664, 1665, 1667, 1668, 1670, 1671, jul. 16/13)
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