EPS deberán informar acciones de tutela interpuestas en su contra
11 de Marzo de 2024
A través de una circular, el Ministerio de Salud impartió instrucciones sobre la solicitud de información de acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho fundamental a la salud, de acuerdo con las directrices impartidas por la Corte Constitucional mediante la Sentencia T-760 del 2008.
Según el documento, las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, las EPS indígenas y las entidades adaptadas deberán reportar al Ministerio de Salud la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas en su contra para la protección del derecho a la salud, en el anexo técnico que hace parte integral de esta circular y bajo las especificaciones allí previstas. El reporte se hará a través de la plataforma de intercambio de información Pisis del Sistema integral de información de la protección social (Sispro).
Las entidades enviarán la información solicitada por periodos semestrales, dentro del mes siguiente al vencimiento del respectivo semestre, salvo la información correspondiente a la vigencia 2023, que deberá reportarse por toda la anualidad.
El no reporte de información por parte de estas entidades de salud será puesto en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud, para que adelante las actuaciones que le correspondan.
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